Nacionalidad española
Definición: Vínculo jurídico político con el Estado español que atribuye derechos y deberes de ciudadanía.
En lenguaje claro: Ser ciudadano/a español/a con todos los derechos asociados.
Definición: Vínculo jurídico político con el Estado español que atribuye derechos y deberes de ciudadanía.
En lenguaje claro: Ser ciudadano/a español/a con todos los derechos asociados.