Protección internacional y asilo
Respuesta directa
La protección internacional acoge a personas perseguidas o con riesgo grave en su país de origen. La solicitud se presenta ante Policía, Oficina de Asilo o frontera, con entrevista personal y estudio del expediente. Durante la tramitación puede recibir autorización de estancia y, en fases avanzadas, permiso de trabajo. Las resoluciones distinguen asilo, protección subsidiaria o denegación con posibilidad de recurso.
Datos clave
- Solicitud en territorio español o en puestos fronterizos habilitados.
- Entrevista personal obligatoria para valorar el relato.
- Documento acreditativo de solicitante durante la instrucción.
- Permiso de trabajo posible tras cierto tiempo de tramitación.
Nuestra explicación
Asilo frente a protección subsidiaria
El asilo protege por persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas o pertenencia a grupo social. La protección subsidiaria ampara ante riesgo grave por violencia indiscriminada, pena de muerte o tortura si no califica asilo.
Cómo y dónde solicitar
Preséntese en comisaría, Oficina de Asilo y Refugio, o en aeropuerto si entra por vía aérea. Declare su intención de solicitar protección; se le entregará documento acreditativo. Tiene derecho a intérprete si no habla castellano.
Entrevista y prueba del relato
Explique hechos, fechas y motivos de la huida con coherencia. Aporte pruebas documentales si las tiene: denuncias, informes médicos, recortes de prensa. La ausencia de prueba no impide la solicitud, pero debe justificar por qué no puede obtenerla.
Acogida, documentación y huellas
Durante la instrucción puede ser derivado a centro de acogida. Tramitará huellas y documento provisional. Para citas de huellas en fase de TIE si obtiene protección, consulte /es/citas/huellas-extranjeria/.
Permiso de trabajo durante el expediente
Tras seis meses desde la solicitud, si no hay resolución, puede solicitar autorización de trabajo en supuestos normativos. Verifique instrucciones vigentes; no trabaje sin autorización antes de ese momento.
Resolución y recursos
Si se concede asilo o protección subsidiaria, accede a residencia y documentación específica. Si se deniega, puede recurrir en plazo ante la Audiencia Nacional u órgano competente. Vea /es/tramites/recurso-reposicion-extranjeria/ para vías administrativas previas cuando procedan.
Errores al solicitar asilo
No declarar intención de asilo en frontera y entrar como turista, relatos incoherentes entre declaraciones, ocultar pasaportes sin justificar, o confundir protección internacional con arraigo social.
Paso a paso
- Manifestar intención de solicitar protección.
- Completar formulario y entrevista.
- Aportar pruebas y comparecer a requerimientos.
- Esperar resolución o recurrir si se deniega.
- Tramitar documentación de residencia si se concede.
Requisitos
- Identificación cuando exista.
- Formulario de solicitud de protección internacional.
- Relato detallado de hechos y motivos.
- Prueba documental si está disponible.
FAQ
¿Puedo solicitar asilo desde mi país?
El asilo se solicita fuera del país de origen, normalmente al llegar a España o en frontera española.
¿Me quitarán el pasaporte?
Puede quedar en custodia administrativa según fase; recibirá documento sustitutivo.
¿Puedo traer a mi familia?
Existen vías de reagrupación o inclusión en solicitud según momento y parentesco; requiere trámite específico.
¿Cuánto tarda la resolución?
Varía ampliamente según carga del OAR y complejidad. Algunos expedientes superan un año.
Fuentes oficiales
Referencias primarias verificadas. Nuestra explicación es independiente y no sustituye la normativa oficial.